Se ha publicado en el BOE con fecha 5 de enero de 2008
Con fecha 5 de enero de 2008 se ha publicado en el BOE la nueva lista de sustancias prohibidas en el deporte.
La anterior lista aprobada por Resolución de 12 de junio de 2007 de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes queda derogada.
Los anexos IV y V de la Resolución de 21 de diciembre de 2006, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la Lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte, relativos a la lista de sustancias y métodos prohibidos en animales, galgos y competiciones hípicas respectivamente, permanecen en vigor, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte. Asimismo, el anexo VI permanece vigente en lo que no esté en contradicción con el anexo II de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte de la UNESCO.
Ver Lista vigente de sustancias prohibidas (Resolución de 28 de Diciembre de 2007)
La Resolución de 28 de diciembre de 2007 que figura más arriba será de aplicación a los procedimientos de control de dopaje en el deporte que se realicen en las competiciones oficiales de ámbito estatal o, fuera de ellas, a los deportistas con licencia para participar en dichas competiciones.
La anterior lista aprobada por Resolución de 12 de junio de 2007 de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes queda derogada.
Los anexos IV y V de la Resolución de 21 de diciembre de 2006, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la Lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte, relativos a la lista de sustancias y métodos prohibidos en animales, galgos y competiciones hípicas respectivamente, permanecen en vigor, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte. Asimismo, el anexo VI permanece vigente en lo que no esté en contradicción con el anexo II de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte de la UNESCO.
Los anexos I, II y III de la Resolución de 21 de diciembre de 2006 de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la Lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte quedan derogados.
Los anexos IV y V, relativos a la lista de sustancias y métodos prohibidos en animales, galgos y competiciones hípicas, respectivamente, permanecen en vigor, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte. Asimismo, el anexo VI permanece vigente en lo que no esté en contradicción con el anexo II de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte de la UNESCO.
Ver lista vigente de sustancias prohibidas (Resolución de Diciembre 2006)
Ver Código Mundial Antidopaje, Lista de sustancias y Métodos Prohibidos